La Ley Federal del Trabajo (artículo 87) establece el aguinaldo como un derecho anual del trabajador, calculado a razón de 15 días de salario mínimo. Muchas empresas otorgan 20 o 30 días como práctica de mercado.
El aguinaldo es adicional a otras prestaciones obligatorias como vacaciones, prima vacacional (25% mínimo), PTU (10% de utilidades) e incapacidades. Sumadas al IMSS, las cargas laborales representan entre 35% y 45% adicional al salario base.
Un empleado digital no genera aguinaldo ni otras prestaciones porque no es trabajador subordinado; opera como servicio contratado con precio fijo mensual.
Una vendedora con salario base de $12,000 recibe $6,000 de aguinaldo (15 días) cada diciembre.
Con Noah, un vendedor digital de Centinelia, la organización paga $2,997 al mes sin aguinaldo, PTU ni vacaciones.
Nia contesta el teléfono. Nala timbra CFDIs. Nico cobra. Todo 24/7, sin IMSS ni aguinaldo.
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